Qué es la Ley Beckham
La Ley Beckham (el régimen especial de trabajadores desplazados) permite a quien se muda a España por trabajo tributar como no residente: un tipo fijo del 24% sobre los rendimientos del trabajo hasta 600.000 € al año (47% por encima), en lugar de la escala progresiva que llega al 45%–50% según la comunidad. Se aplica durante el año de llegada más los cinco ejercicios siguientes — seis años en total.
Puedes ver tu sueldo neto exacto bajo el régimen con la calculadora de sueldo neto: elige "Ley Beckham" en el desplegable de comunidad y compáralo con tu comunidad real.
Quién puede acogerse en 2026
- No haber sido residente fiscal en España en los 5 años anteriores al traslado.
- Venir por un contrato de trabajo (empleador español o desplazamiento desde uno extranjero), como teletrabajador con visado de nómada digital para una empresa no española, o como emprendedor / profesional altamente cualificado amparado por la Ley de Startups.
- Solicitarlo a tiempo: Modelo 149 en los 6 meses siguientes al alta en la Seguridad Social. Fuera de plazo se pierde el régimen, sin segunda oportunidad.
Cuándo compensa — y cuándo no
Un 24% fijo suena imbatible, pero es fijo desde el primer euro y sin mínimos personales ni familiares. La escala general, en cambio, empieza en el 19% y no alcanza el 24% de medio hasta bases considerables.
- Sueldos altos (desde ~60.000 €): compensa con claridad. Con 100.000 € el ahorro en los seis años es de cinco cifras en casi cualquier comunidad.
- Sueldos por debajo de ~35.000–40.000 €: haz números antes. Con los mínimos personales y familiares del régimen general puedes acabar pagando menos del 24%.
- Los rendimientos del ahorro de fuente española (intereses, dividendos, plusvalías) tributan a la escala del ahorro normal (19%–28%) — tienes todas las tablas en los tramos IRPF 2026 por comunidad.
El punto de equilibrio depende de tu comunidad y situación personal: es justo lo que la calculadora muestra en paralelo.
Detalles que se suelen pasar por alto
- Los seis años cuentan por ejercicios fiscales, no por años naturales desde la llegada: llegar en noviembre consume el primer ejercicio entero.
- Bajo el régimen tributas en general solo por rentas de fuente española, pero los rendimientos del trabajo tributan en España vengan de donde vengan.
- Si mantienes patrimonio fuera, el tratamiento como no residente en el Impuesto sobre el Patrimonio (solo bienes españoles) puede ser relevante.
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Última revisión: julio de 2026.